Las empresas y los autónomos también pueden cobrar el CAE por cambiar vehículos de combustión por eléctricos: con CAE Digital, 350 € en 48 horas o 600 € a futuro por cada turismo o furgoneta. Desde agosto de 2026 tienen su propia ficha, la TRA050.E (BOE-A-2026-16993), distinta de la de particulares (TRA050.P).
¿Qué ficha me corresponde: TRA050.P o TRA050.E?
- TRA050.E: empresas, administraciones y cualquier persona jurídica. También el autónomo que usa el vehículo en su actividad económica.
- TRA050.P: personas físicas que usan el coche para su vida privada. Si eres autónomo pero el coche es solo de uso particular, te corresponde esta.
Requisitos de la TRA050.E
- Vehículos: turismos y minibuses (M1, M2), autobuses (M3), furgonetas y camiones (N1, N2, N3) y motos (L).
- El eléctrico tiene que ser de la misma categoría, tipo de carrocería y código de uso que el vehículo sustituido.
- El vehículo antiguo, de combustión o híbrido, ha sido de la empresa más de 2 años y tuvo la ITV en vigor 9 de los últimos 12 meses.
- Venta o baja del antiguo entre 3 meses antes y 6 meses después de la compra del eléctrico. En el sector público, entre 1 año antes y 18 meses después, por los plazos de licitación.
- Los dos vehículos son de la misma empresa. La excepción es el renting: el titular del eléctrico debe ser el arrendatario que usó el antiguo más de 2 años.
- No vale transmitir vehículos entre empresas del mismo grupo, ni entre convivientes en el caso de autónomos.
Flotas: declaración responsable
Cuando se sustituyen varios vehículos de una flota, la ficha pide una declaración responsable para trazar cada sustitución: qué vehículo eléctrico sustituye a qué vehículo de combustión. Conviene preparar desde el principio la lista de matrículas antiguas y nuevas con sus fechas.
Kilómetros reales: una ventaja para flotas
Las empresas pueden usar el kilometraje real del último año, acreditado con las ITV, en lugar de la media nacional. En vehículos que hacen muchos kilómetros, como furgonetas de reparto o taxis, eso aumenta el ahorro certificado.
Documentación
- Datos de la empresa y del representante legal.
- Propiedad del vehículo antiguo durante más de 2 años: permiso de circulación o los dos últimos recibos del IVTM (y el contrato, si era renting o leasing).
- Justificante de venta, baja o devolución del vehículo antiguo.
- Factura y permiso de circulación del eléctrico (y el contrato, si es leasing).
- Declaración responsable sobre ayudas públicas recibidas y transmisiones dentro del grupo.
¿Cuánto cobra una empresa?
Lo mismo que un particular: 350 € en 48 horas o 600 € a futuro por cada turismo o furgoneta que sustituyas por uno eléctrico. Para camiones, autobuses y flotas grandes, envíanos tu solicitud con los vehículos y te damos una cifra cerrada antes de empezar.
Preguntas frecuentes
¿Un autónomo usa la TRA050.P o la TRA050.E?
Si el vehículo está afecto a su actividad económica, la TRA050.E. Si lo usa solo para su vida privada, la TRA050.P.
¿Vale para furgonetas y camiones?
Sí. La TRA050.E incluye furgonetas (N1) y camiones (N2 y N3), siempre que se sustituyan por un eléctrico de la misma categoría, carrocería y uso.
¿Cuánto cobra una empresa por el CAE de un coche eléctrico?
Con CAE Digital, 350 € en 48 horas o 600 € a futuro por cada turismo o furgoneta sustituido, igual que un particular.
¿Puede una empresa pedir el CAE de varios vehículos?
Sí, de cada sustitución. En flotas hay que aportar una declaración responsable que relacione cada vehículo antiguo con su sustituto eléctrico.
¿Tu empresa ha electrificado vehículos? Solicita el CAE y te decimos cuánto puedes cobrar. También tienes la ficha TRA050 explicada, con la comparativa entre particulares y empresas.


