La Ficha RES071 forma parte del catálogo oficial de actuaciones estandarizadas del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) en España, específicamente diseñada para el ámbito de Canarias.
Esta actuación permite que, al renovar o sustituir ventanas existentes por otras de mayor eficiencia energética, se genere un ahorro medible en kilovatios hora (kWh) anuales.
Ese ahorro se convierte en un Certificado de Ahorro Energético, que puede venderse a un Sujeto Obligado, obteniendo así una compensación económica directa para el titular de la actuación.
En este artículo se presenta, reescrita y adaptada, toda la información técnica y de procedimiento recogida en la ficha y sus anexos, para que cualquier persona —con o sin experiencia técnica— pueda entender el proceso, los requisitos, la documentación y la metodología de cálculo.
Objeto de la actuación
El objetivo es mejorar la eficiencia energética de viviendas ubicadas en Canarias mediante la sustitución o renovación de ventanas con mejores prestaciones térmicas y de estanqueidad.
Esta mejora reduce la demanda de climatización y, por tanto, el consumo energético asociado.
Alcance
La actuación se aplica únicamente a edificios de uso residencial en Canarias, para:
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Sustitución de ventanas completas, incluyendo marco y vidrio.
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Instalación de nuevos elementos que cumplan con las prestaciones mínimas definidas en la ficha.
No se consideran válidas las actuaciones que consistan únicamente en cambiar el vidrio o en reparaciones parciales del marco.
Condiciones y requisitos
Para que la actuación genere un CAE, se deben cumplir las siguientes condiciones:
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Las nuevas ventanas deben cumplir con los valores de transmitancia térmica (U) y factor solar (g) establecidos en la ficha RES071 para la zona climática correspondiente a Canarias.
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El montaje debe garantizar la hermeticidad y el sellado adecuado para evitar filtraciones.
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El cambio debe ser completo (marco + vidrio).
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Debe acreditarse la retirada del material antiguo.
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La actuación debe estar respaldada por facturas oficiales y certificados de características técnicas del producto instalado.
Documentación necesaria
Para el registro y validación de la actuación se debe presentar:
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Contrato privado de cesión de ahorros energéticos firmado por el titular.
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Formulario de actuación conforme al modelo oficial de la ficha RES071.
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Factura detallada con descripción de las ventanas instaladas, superficie total y valores U y g.
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Certificado del fabricante o instalador con las características técnicas de las ventanas.
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Justificante de retirada del material antiguo.
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Declaración responsable de ayudas públicas.
Metodología de cálculo del ahorro energético
El cálculo del ahorro energético anual (AE) se realiza mediante la fórmula oficial de la ficha, que considera la superficie de ventana sustituida, las prestaciones térmicas y el ahorro estimado por unidad de superficie:
Fórmula general:
AETOTAL = S * AEU
Donde:
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S = Superficie total de ventana sustituida (m²)
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AEU = Ahorro energético unitario (kWh/m²·año) establecido en la ficha para la zona climática de Canarias.
⚠ Nota: El valor AEU se define en la ficha RES071 en función de los requisitos técnicos y la ubicación.
Verificación
La actuación será objeto de revisión por un verificador acreditado, que confirmará:
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Cumplimiento de las exigencias técnicas de U y g.
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Coincidencia entre la superficie declarada y la realmente instalada.
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Correcta documentación y trazabilidad de la actuación.
Preguntas frecuentes sobre la Ficha RES071
1. ¿Qué diferencia hay entre la RES070 y la RES071?
La RES071 aplica exclusivamente a viviendas situadas en Canarias y considera sus condiciones climáticas específicas, por lo que los valores de ahorro y requisitos técnicos son diferentes.
2. ¿Puedo cambiar solo los cristales para generar un CAE?
No. Es obligatorio sustituir la ventana completa, incluyendo el marco.
3. ¿Cuánto puedo ganar con esta actuación?
El ingreso depende de la superficie sustituida, el ahorro generado y el precio del CAE en el mercado.
4. ¿Debo guardar la ventana antigua?
No, pero sí debe documentarse su retirada y gestión como residuo.
5. ¿Se puede aplicar en viviendas turísticas o segundas residencias?
Sí, siempre que se trate de edificios de uso residencial en Canarias.