¿Desde cuándo las actuaciones son susceptibles de generar ahorros que puedan transformarse en CAE?
Sólo las actuaciones cuya ejecución haya comenzado después del 26/01/2023 (entrada en vigor del sistema) pueden generar ahorros certificables. La […]
FAQ Preguntas Frecuentes sobre Certificado Ahorro Energético
Sólo las actuaciones cuya ejecución haya comenzado después del 26/01/2023 (entrada en vigor del sistema) pueden generar ahorros certificables. La […]
Los CAE se consideran bienes muebles. Su compraventa o liquidación se somete, con carácter general, al IVA (21%) y a
Sí, siempre que los ahorros no procedan de su actividad principal de suministro/transformación/transporte/distribución ni de las pérdidas asociadas. Son elegibles,
Sí. Existe un modelo orientativo disponible en el apartado Procedimientos y formularios del Sistema de CAE. Sirve de base para
Sí, siempre que la entidad haya financiado la inversión que permite la actuación y, por tanto, sea titular de los
Sí. Quien ejecuta una medida que reduce el consumo tiene la condición de propietario del ahorro y puede transferir esos
Sí. Si realizas o planeas realizar una actuación de eficiencia que genere ahorro de energía final, puedes ser propietario del
Permiten a los sujetos obligados cumplir parte de su obligación anual de ahorro mediante la liquidación de CAE, como alternativa
Sólo puede figurar como titular un sujeto obligado o un sujeto delegado. La titularidad puede derivar de que el certificado
Sí, pero exclusivamente entre sujetos obligados (SO) y sujetos delegados (SD). El sistema restringe la compraventa a estos agentes para