¿Deben los sujetos obligados avisar de que liquidarán CAE?
No. No hace falta comunicar previamente ni al IDAE (gestor del FNEE) ni al Coordinador Nacional la intención de cubrir […]
FAQ Preguntas Frecuentes sobre Certificado Ahorro Energético
No. No hace falta comunicar previamente ni al IDAE (gestor del FNEE) ni al Coordinador Nacional la intención de cubrir […]
Debes solicitar la liquidación al Coordinador Nacional antes del 31 de diciembre del año de la obligación (con la excepción
Tres vías válidas: 1) presentar la solicitud con certificado digital de representante de la empresa; 2) presentarla con certificado personal
Los sujetos obligados con obligación ≥ 50 MWh en ese año y los sujetos delegados acreditados. Debe firmar quien tenga
30 MWh por solicitud de emisión, alcanzables por la suma de varias actuaciones (estandarizadas y/o singulares) incluidas en la misma
Sí, siempre que la misma persona jurídica que solicita la acreditación sea la que tiene esa experiencia (como SD en
Además del formulario y su anexo (declaración responsable sobre profesionales en plantilla), hay que adjuntar la documentación del art. 8
No. La figura de sujeto delegado exige personalidad jurídica propia y las UTE no la tienen distinta de la de
Sí. La capacidad técnica debe acreditarse con personal propio; no sirve externalizar esos medios para cumplir el requisito.
Sí. Aunque no puedas solicitar la emisión, puedes adquirir CAE emitidos por otros y liquidarlos contra tu obligación.