¿Quién puede solicitar la emisión de CAE?
Los sujetos obligados con obligación ≥ 50 MWh en ese año y los sujetos delegados acreditados. Debe firmar quien tenga […]
Los sujetos obligados con obligación ≥ 50 MWh en ese año y los sujetos delegados acreditados. Debe firmar quien tenga […]
30 MWh por solicitud de emisión, alcanzables por la suma de varias actuaciones (estandarizadas y/o singulares) incluidas en la misma
Sí, siempre que la misma persona jurídica que solicita la acreditación sea la que tiene esa experiencia (como SD en
Para acreditar capacidad legal, entre otras vías, puede bastar con tener establecimiento permanente en España en los términos de la
Además del formulario y su anexo (declaración responsable sobre profesionales en plantilla), hay que adjuntar la documentación del art. 8
No. La figura de sujeto delegado exige personalidad jurídica propia y las UTE no la tienen distinta de la de
Sí. La capacidad técnica debe acreditarse con personal propio; no sirve externalizar esos medios para cumplir el requisito.
Sí. Aunque no puedas solicitar la emisión, puedes adquirir CAE emitidos por otros y liquidarlos contra tu obligación.
No. Si en un año la obligación del SO es inferior a 50 MWh, no puede solicitar la emisión.
Pide subsanación. Si no se corrige o es insuficiente, emite dictamen desfavorable y no podrá solicitarse la emisión de CAE